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La Coctelera

El comercio electrónico, la propiedad intelectual y el derecho de autor

20 jul 08

Para comenzar a establecer las posibles relaciones que podrían existir entre el comercio electrónico, la propiedad intelectual y los derechos de autor, debemos conocer la significación de cada uno de ellos.

  • El comercio electrónico:

Son todas aquellas compras y ventas de bienes y servicios que se realizan a través de las redes electrónicas.

  • La propiedad intelectual:

Derecho del autor sobre su obra que la protege contra el uso de terceros sin la autorización respectiva. Es un derecho consagrado en las legislaciones de la mayoría de los países del mundo y está reglamentado por las Naciones Unidas. De allí que la propiedad intelectual es reconocida a nivel internacional y se reglamenta a través de leyes sobre el derecho de autor.

  • El derecho de autor.

Conjunto de derechos que la ley otorga al autor sobre su obra. Estos derechos son de dos tipos: Derechos patrimoniales o económicos, y derechos morales. Los primeros le reconocen al autor su derecho a obtener recompensa pecuniaria por su trabajo intelectual y lo facultan a transferir, por contratos, los derechos de uso, en el sentido de que pueda autorizar, o negar la reproducción de su trabajo. Los derechos morales son intransferibles y facultan al autor a proteger su obra de cualquier uso indebido.

Hoy en día el Internet se ha convertido en un componente integral dentro del sistema mediático, ya que en el podemos encontrar todo lo que nos ofrecen diferentes medios de comunicación y un poco más.

En la actualidad el internet nos ofrece grandes herramientas tecnológicas que no la encontramos en la radio, la T.V , la prensa., el cine, entre otros; lo que lo convierte en una posible amenaza para los medios tradicionales.

Como es bien sabido, este sistema ofrece a todos los usuarios una gran variedad de contenido tanto cultural como informativos, recreativos y a su vez la compra y venta de bienes y servicios (El comercio electrónico), las 24 horas del día durante toda la semana.

Cabe destacar que los medios de comunicación tradicionales poseen como fin único crear hábitos de consumismo masivo en sus usuarios, cuando sus principales funciones son: Informar, educar y distraer; lo que convierte a este sistema en toda una galería comercial, dentro de un mercado mundial.

Por su parte el internet, ha puesto en marcha el funcionamiento de un modelo comunicacional donde se permite establecer un fee-back, instantáneo aplicado para información, compra de bienes y servicios, disfrute de programas culturales y recreativos; en el encontramos ventajas y desventajas y por un lado podemos transitar libremente por todo los flujos informativos, ya que conseguimos información y recreación de manera gratuita.

Como se menciona anteriormente en internet podemos encontrar música, video juegos, imágenes, obras literarias, videos, textos, dibujos, películas o cualquier otro producto. Pero estos productos poseen un autor que merece el respeto y la mayor consideración; es decir, no se puede disponer, ni editar, ni apropiarse de ningunos de ellos; todas estas creaciones deben ser respetadas.

Para ello existe un reglamento legal que le otorga dicho derecho a los autores sobre sus obras, es el derecho de autor, decretado en Inglaterra en 1709, cuando se estableció el “COPYRIGHT”.

El “COPYRIGHT”, (Derechos de Copia), es un mecanismo diseñado para la generación de estructura económica que sustente el flujo de las ideas. La difusión de contenido tenía un determinado costo que alguien debía financiar, por lo cual, estos derechos de copia aseguraban ingresos regulares a las editoras y empresas (Derechohabientes)

Sociedad del conocimiento gobernanza de Internet/Aran Aharoniam

1 comentario

1 comentario

  1. 20 jul 2008 | 09:53 PM # 1971 dice:

    un abrazo

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